Discapacidad Arquitectura y Sociedad | Distrito IV CAPBA | Arq. José Failla - page 51

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LOS PLAZOS MÁXIMOS QUE ESTABLECÍA
LA LEY 24.341
Para la supresión de barreras físicas en los ámbitos urbanos, arquitectónicos
3 años
Ya pasaron 16 años…
Para las adecuaciones establecidas en el transporte público
1 año
Ya pasaron 18 años y tampoco se cumplió…
Para el caso del transporte público agrega además que
“Su incumplimiento podrá determinar la cancelación del servicio.”
MI CONCLUSIÓN
Para estas leyes, solo existen personas con movilidad reducida.
RESPECTO DE LOS PLAZOS, A PESAR DEL TIEMPO TRANSCURRIDO, EN NINGUNA DE
LAS DOS LEYES SE HAN CUMPLIDO.
de todas maneras, estas leyes, a los profesionales nos incorpora como “nuevos usuarios” a
personas con movilidad reducida de allí que las propuestas estaban centradas fundamental-
mente en la construcción de rampas, alguna adecuación de baños, O colocar algunos teléfo-
nos públicos a la altura de una persona en silla de ruedas.
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